CONVOCATORIA DE AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES QUE CURSEN ESTUDIOS SUPERIORES DE FORMACIÓN PROFESIONAL.
Requisitos para solicitar la ayuda: |
a) Tener residencia familiar y habitual en cualquiera de las islas de El Hierro, La Gomera, La Palma, Fuerteventura, Lanzarote o La Graciosa.
b) Ser estudiantes matriculados en estudios superiores, tanto en Gran Canaria como en Tenerife, para el curso 2018/2019, en las universidades públicas canarias, o en centros educativos públicos con oferta de Formación Profesional o de Enseñanzas Artísticas, dependientes de la Consejería de Educación y Universidades, y que según el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, incluyen: Enseñanzas universitarias. Enseñanzas artísticas superiores. Formación profesional de grado superior. Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior. Enseñanzas deportivas de grado superior.
c) En el caso de las enseñanzas universitarias y las enseñanzas artísticas superiores, se deberá estar matriculado en enseñanzas presenciales, con un mínimo de 45 créditos (o equivalente), salvo los que estén en cursos finales, para los que bastará estar matriculados de los créditos que les queden para finalizar la enseñanza.
d) En el caso del resto de enseñanzas de educación superior deberán estar cursando enseñanzas presenciales, a tiempo y curso completo, salvo los que estén en cursos finales, para los que bastará estar matriculado de lo que les reste para finalizar la enseñanza.
Los estudiantes que, reuniendo los requisitos anteriores, deseen solicitar las ayudas al desplazamiento, deberán presentar la solicitud anteriormente indicada, debidamente cumplimentada, de forma electrónica en la Sede Electrónica de la Consejería de Educación y Universidades.
b) Ser estudiantes matriculados en estudios superiores, tanto en Gran Canaria como en Tenerife, para el curso 2018/2019, en las universidades públicas canarias, o en centros educativos públicos con oferta de Formación Profesional o de Enseñanzas Artísticas, dependientes de la Consejería de Educación y Universidades, y que según el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, incluyen: Enseñanzas universitarias. Enseñanzas artísticas superiores. Formación profesional de grado superior. Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior. Enseñanzas deportivas de grado superior.
c) En el caso de las enseñanzas universitarias y las enseñanzas artísticas superiores, se deberá estar matriculado en enseñanzas presenciales, con un mínimo de 45 créditos (o equivalente), salvo los que estén en cursos finales, para los que bastará estar matriculados de los créditos que les queden para finalizar la enseñanza.
d) En el caso del resto de enseñanzas de educación superior deberán estar cursando enseñanzas presenciales, a tiempo y curso completo, salvo los que estén en cursos finales, para los que bastará estar matriculado de lo que les reste para finalizar la enseñanza.
Los estudiantes que, reuniendo los requisitos anteriores, deseen solicitar las ayudas al desplazamiento, deberán presentar la solicitud anteriormente indicada, debidamente cumplimentada, de forma electrónica en la Sede Electrónica de la Consejería de Educación y Universidades.
Periodos subvencionables y plazo de presentación de solicitudes: Desplazamiento estudiantes residentes en islas no capitalinas que cursen estudios superiores, curso 2018/2019. |
Se fijan dos periodos subvencionables, o de realización de la actividad:
Primer periodo: del 20 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2018.
Segundo periodo: del 1 de enero al 31 de julio de 2019.
Plazo de presentación de solicitudes: en el primer periodo subvencionable: desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, día 13 de noviembre de 2018, desde las 00.01 horas, hasta el 30 de noviembre de 2018 a las 23.59 horas.
Para el segundo periodo subvencionable la presentación de solicitudes será desde el 1 de marzo, desde las 00.01 horas, al 2 de abril de 2019 a las 23.59 hora
Primer periodo: del 20 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2018.
Segundo periodo: del 1 de enero al 31 de julio de 2019.
Plazo de presentación de solicitudes: en el primer periodo subvencionable: desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, día 13 de noviembre de 2018, desde las 00.01 horas, hasta el 30 de noviembre de 2018 a las 23.59 horas.
Para el segundo periodo subvencionable la presentación de solicitudes será desde el 1 de marzo, desde las 00.01 horas, al 2 de abril de 2019 a las 23.59 hora