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¿Cómo puedo reclamar si no estoy de acuerdo?
En cualquier caso, y aunque la beca haya sido ya concedida e ingresada en cuenta, si el solicitante no está de acuerdo con la resolución o la cuantía, puede presentar una reclamación mediante el formulario que corresponda, Alegaciones o Recurso de reposición, siempre dentro del plazo que se indica a continuación:
Por otra parte, el solicitante podrá presentar Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva. Debe tener en cuenta, sin embargo, que este recurso es un procedimiento judicial, está sometido a ciertas formalidades y puede suponer costes para el alumno, contrariamente a la presentación de Alegaciones y Recurso de reposición, que son gratuitas.
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Formulario de Alegaciones
Recurso de Reposición
SECCIÓN DE AYUDAS CON LAS BECAS DE ESTE BLOG
- Alegaciones: el formulario estará disponible en nuestra web desde que termine el plazo de presentación de solicitudes, hasta la resolución definitiva. El plazo para presentar Alegaciones es de 15 días hábiles desde que se recibe la comunicación o notificación provisional que se quiere reclamar.
- Recurso de reposición: estará disponible después de la resolución definitiva. El plazo de presentación es de un mes, desde el día siguiente al de la publicación en la web de este Ministerio de dicha resolución definitiva.
Por otra parte, el solicitante podrá presentar Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva. Debe tener en cuenta, sin embargo, que este recurso es un procedimiento judicial, está sometido a ciertas formalidades y puede suponer costes para el alumno, contrariamente a la presentación de Alegaciones y Recurso de reposición, que son gratuitas.
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